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presupuesto o pedido està sujeto a las Condiciones Generales
de Contratación y Venta de la Industria de Serigrafia,
Tampografia e Impresión Digital, reconocidas como tales
por la Asociación Española de Empresas de Serigrafía
e Impresión Digital, AEDES i que son las siguientes:
1.
El presupuesto tiene una validez de 30 dias a partir de la fecha
de emisión, salvo variación en el Convenio Colectivo
de Artes Gràficas y manipulados de Papel y Cartón
o en los precios de las primeras materias.
2.
Los anteriores precios no incluyen el IVA ni otros impuestos que
eventualmente pudieran afectar a esta operación
3.
La puesta en marcha del pedido requerirá la recepción
previa de la correspondiente orden escrita. El plazo de entrega
empezará a contar a partir de la aprobación escrita
por parte del cliente de los trabajos de preimpresión necesarios.
4.
El producto objeto del pedido se entregará acondicionado
de la forma más adecuada para garantizar la integridad
del mismo hasta el punto de destino. Cualquier acondicionamiento
especial de cobrará aparte.
5.
El impresor se obliga a la reproducción fiel de las artes
finales y a realizar las correcciones indicadas por el cliente,
pero no será responsable de los errores u omisiones que
no hubiesen sido señalados por éste.
6.
En los casos que se acuerden entregas parciales, sin perjuicio
del plazo de entrega establecido en el punto 3, el cliente se
obliga a aceptar la entrega y facturación de la totalidad
del pedido, en el plazo máximo de 90 dias, contados desde
la fecha acordada para la primera entrega.
7.
Cualquier boceto, maqueta, original, troquel, fotolitos, prueba,
placa de relieve o estampación, etc que se realicen irán
a cargo del cliente.
8.
Las tolerancias máximas en cantidad serán de un
10% en más o en menos, viniendo al cliente obligado a aceptar
la cantidad resultante y a pagarla de acuerdo con el precio unitario
acordado.
9.
Las especificaciones técnicas de material se ajustarán
a las emitidas por los fabricantes.
10.
Las reclamaciones por cualquier tipo de defecto, acondicionamiento,
calidad y cantidad, deberán formularse por escrito dentro
de los ocho dias siguinetes a la fecha de recibo de las mercancias.
Cualquier devolución tendrá que ser previo consentimiento
del impresor.
11.
En ningun caso de reclamación el impresor responderá
por un valor superior al coste de las mercancías defectuosas
entregadas.
12. El pago debe
ser hecho en los dias acordados de antemano y siempre respaldado
con un documento con garantía suficiente.
13.
Hechos de fuerza mayor tal como huelgas, retrasos en transporte,
alzamientos, motines, guerras, etc las cuales pueden alterar el
suministro o prestaciones del contrato, liberan al impresor de
sus obligaciones de suministro. Si las circunstancias lo permiten,
el impresor se lo comunicará por escrito al cliente.
14.
Un contencioso entre un impresor y un cliente será sometido
a un comité de arbitraje compuesto por un árbitro
nombrado por cada parte, elegido fuera de su personal. El tercer
árbitro será nombrado por cada uno de los dos árbitros,
o en caso de no ponerse de acuerdo con las reglas establecidas
por los árbitros. En caso de que el contencioso no pueda
resolverse por los árbitros, el tribunal competente será
el tribunal de la zona donde se halle situada la casa matriz del
impresor. Los contenciosos están sujetos a la jurisdicción
exclusiva de las leyes en el que se encuentra el tribunal.
15.
Las presentes condiciones generales de contratación y venta
están sujetas a los estipulado en la Ley 7/1998, de 13
de abril, sobre condiciones generales de contratación y
venta; a la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de
1993, sobre condiciones generales de la contratación; así
como a las Normas y Condiciones Generales de contratación,
Distribución y Venta de las Industrias de Artes Gráficas
y Manipulados de Papel y Cartón, reconocidas como usos
de comercio y protocolarizadas notarialmente en el Consejo Superior
de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.
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